Escrito
Se presenta mediante escrito en nota de secretaría.
Sábado · 22/08/2026
Contestación a la demanda, reconvención e intervención de terceros.
Última etapa de la fase alegatoria.
Se presenta mediante escrito en nota de secretaría.
Determina el objeto de la prueba: los hechos controvertidos.
Define quién debe probar cada hecho alegado.
Fija los límites del debate procesal (art. 12 CPC).
Cierra la oportunidad de reformar la demanda (art. 343) y de reconvenir.
Si el actor desiste después de contestada la demanda, el desistimiento debe ser consentido por el demandado (art. 265 CPC).
Consecuencia sancionadora frente a la actitud rebelde del demandado.
Vence el lapso sin contestación válida.
No incorpora defensas o actuaciones que le favorezcan.
La pretensión del actor no es contraria a derecho.
La contestación anticipada en el juicio breve no es extemporánea per se. Debe verificarse si contenía cuestiones previas y si su presentación afectó realmente la oportunidad procesal.
Regla práctica Analizar el contenido del escrito, no solo el momento en que fue consignado.
TSJ, Sala Constitucional · 19/11/2013 · Sentencia n.º 1623 · Exp. 13-0459Demanda intentada por el demandado contra el actor.
Demandado-actor / actor-demandado.
La reconvención no es una defensa: es una pretensión autónoma.
Permite economía procesal al tramitar ambas pretensiones juntas.
La reconvención se plantea entre el actor y el demandado del proceso principal.
El tribunal debe ser competente por la materia (arts. 366 y 50 CPC).
La pretensión debe ser compatible con el procedimiento ordinario.
Un mismo proceso y una sola sentencia para las pretensiones acumuladas.
El tribunal revisa la reconvención conforme al artículo 366.
Se admite y se contesta al quinto día.
Art. 368 No se oponen cuestiones previas.
El proceso concluye con sentencia definitiva (art. 369).
El tercero interviene porque existe una causa común con la parte que lo llama.
Se solicita la intervención para hacer valer el derecho de saneamiento.
La intervención debe acompañarse de prueba documental conforme al artículo 382 CPC.
Se cita al tercero para intervenir en la causa.
Puede contestar sin cuestiones previas; luego se abre la etapa de pruebas.
Si no comparece, se aplica el artículo 362 CPC.
Suspensión: la causa principal se suspende por 90 días.